Política

Destaca Yasmín Esquivel interés superior de la niñez en decisiones sobre maternidad

Destaca Yasmín Esquivel interés superior de la niñez en decisiones sobre maternidad


La ministra sostuvo que el acta de nacimiento debe conservar plena validez jurídica en casos de gestación por sustitución.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó la constitucionalidad del artículo 54 del Código Civil para la Ciudad de México, relacionado con la presunción de maternidad derivada del certificado de nacimiento y su aplicación en casos de técnicas de reproducción asistida.


El asunto se originó a partir de un contrato de gestación por sustitución celebrado entre una mujer y dos hombres. En el acuerdo, la gestante manifestó que no tenía voluntad procreacional ni aportaría material genético, por lo que su participación se limitaría a llevar a cabo el embarazo.


Tras conseguirse la gestación, la mujer promovió un juicio de amparo al considerar que la legislación era inconstitucional al establecer que el certificado de nacimiento constituye una prueba de maternidad.


Al resolver el caso, las ministras y ministros determinaron que el artículo 54 del Código Civil para la Ciudad de México es constitucional.


Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa manifestó su respaldo al sentido del proyecto; sin embargo, expresó su desacuerdo con algunos párrafos relacionados con la validez y los efectos jurídicos del acta de nacimiento emitida como consecuencia de una suspensión definitiva otorgada por un juez de Distrito.


Esquivel Mossa planteó que el acta de nacimiento expedida a favor de los padres de intención debe permanecer vigente y conservar plena validez para todos los efectos legales correspondientes.


La ministra argumentó que, en el caso analizado, el nacimiento ocurrió mediante gestación por sustitución, por lo que no resulta aplicable la presunción de maternidad contemplada en el artículo 54 del Código Civil.


Explicó que el artículo 73 del Reglamento del Registro Civil de la Ciudad de México establece una excepción a la regla general prevista en la legislación, al contemplar los casos de maternidad subrogada.


En este contexto, Esquivel Mossa destacó que las decisiones que involucren a niñas, niños y adolescentes deben considerar como elemento primordial su interés superior.


La postura de la ministra coloca en el centro del análisis los derechos de la infancia y la necesidad de garantizar certeza jurídica respecto de su identidad, filiación y situación familiar.


El debate de la SCJN se desarrolla en el marco de los derechos reproductivos y la autonomía de las personas para decidir sobre la maternidad, particularmente frente a los retos jurídicos derivados de las técnicas de reproducción asistida y la gestación por sustitución.