El gobierno de la república y los gobiernos estatales no deben dudar en hacer valer la ley para quien incurra en apología del delito, no se puede intentar ser políticamente correcto y buscar la forma de no incomodar a quienes propagan idolatría hacia criminales o una idea falsa y nociva del éxito y de las formas válidas de hacer fortuna. En el Código Penal Federal la apología del delito está tipificada y sancionada en el Artículo 208 del Código Penal Federal. No es que lo quiera o no prohibir la presidenta o la Gobernadora, ya que también en el Código Penal estatal se ha tipificado. Les toca simplemente cumplir la Ley, al igual que a los alcaldes de los municipios donde se realicen...
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