Perspectivas por Cynthia Valeriano
El actual asesor del Presidente Trump en materia de comercio y manufacturas, Peter Navarro, emitió la semana pasada un informe sobre los riesgos, costos y alcances del “transbordo” comercial de China hacia Estados Unidos utilizando terceros países para evadir aranceles comerciales. A partir de este documento se exhibe a más de 40 países de ser parte de la cadena de “lavado” de origen de producción chino que afecta la producción manufacturera y amplia la dependencia comercial y económica de Estados Unidos con esta región del mundo.
En esa lista aparece México, es algo que debería preocuparnos, y no porque se demuestre fehacientemente que nuestro país se ha convertido en una gigantesca plataforma para pasar la producción oriental por nuestras fronteras, sino porque ofrece a Washington un marco conceptual y estadístico con el cual endurecer las reglas de acceso al mercado estadounidense precisamente cuando México y Estados Unidos se preparan para una cuarta ronda bilateral de negociaciones vinculada con la revisión del T-MEC en septiembre.
Vale la pena hacer dos distinciones del caso, en una primera instancia, Navarro plantea un problema real, sin embargo, construye una categoría tan amplia de posibles vías y causas del transbordo, que corre el riesgo de convertir la integración productiva internacional en evidencia presuntiva de evasión. Y para México, cuya economía depende simultáneamente del mercado estadounidense y de insumos provenientes de Asia, esa simplificación puede resultar extraordinariamente costosa.
El transshipment ilegal existe y no es cosa menor. Consiste en enviar mercancías originarias de un país sujeto a aranceles elevados a través de una tercera jurisdicción para modificar artificialmente su origen mediante reetiquetado, reempaque, refacturación, procesamiento mínimo o declaraciones falsas y así obtener un tratamiento arancelario que no corresponde. Este tipo de prácticas suelen incrementarse, ante escenarios en donde la regulación arancelaria no es clara, es compleja o difícil de cumplir o bien, existe un tratamiento ampliamente diferenciado del comercio vía aranceles, y es justo lo que está sucediendo.
Si un producto chino enfrenta un gravamen cercano a 50% y el mismo producto puede ingresar desde México con arancel cero bajo el T-MEC, el arbitraje potencial es enorme. De nuevo, el problema es real y hasta aquí, no hay discusión al respecto.
El problema comienza cuando el informe pasa de identificar fraude aduanero a construir lo que denomina una “Red sombra de transbordo” de más de 40 países y coloca a México, Canadá, la Unión Europea, Japón, Corea del Sur, India, Israel y Taiwán dentro de su primer nivel de riesgo. México y Canadá llegan incluso a ser descritos como algunos de los mayores facilitadores de China al mezclarse con enormes volúmenes de comercio perfectamente legítimo.
Uno de los aspectos más polémicos del informe se da cuando el propio especialista trata de aclarar que debe entenderse como un “producto chino” o un producto “originario de China”, ya que para Navarro, una mercancía puede ser considerada vinculada con China no sólo cuando tenga origen chino, sino también cuando incorpore componentes chinos, exista financiamiento chino, propiedad china, relaciones con proveedores chinos, alguna etapa productiva realizada en China o determinados antecedentes logísticos, lo que provoca que prácticamente más del 90% de la producción y comercio mundial caiga en alguno de estos supuestos, una locura.
La redacción del texto, presenta también una serie de aspectos metodológicos sumamente vulnerables al mezclar términos y prácticas, por ejemplo, mezcla “fraude de origen” con el de “transformación productiva legitima”. En el primer caso, hablamos de una mercancía que es producida íntegramente en China, a la que simplemente se le cambia la etiqueta o se le realizan intervenciones estéticas y se le clasifica como un bien nacional, esta práctica claramente es un delito y esta establecida su sanción en la Ley Aduanera, el artículo 108 del Código Fiscal de la federación (defraudación fiscal) y el Código Penal Federal, con penas económicas y de cárcel para aquellas personas que participen en él.
Por otro lado, en una transformación productiva legítima, una empresa mexicana importa componentes chinos, los incorpora junto con insumos mexicanos, estadounidenses o canadienses, genera valor agregado, empleo y transformación suficiente, y exporta el producto resultante, el proceso esta protegido por las leyes de comercio nacionales y extranjeras, siempre que se paguen los aranceles correspondientes de las piezas provenientes de países con quienes no tenemos acuerdo de libre comercio.
En un tercer nivel podríamos señalar la presencia de empresas chinas en nuestro territorio que establece una empresa, contrata trabajadores, paga impuestos, compra insumos, transforma mercancías y eventualmente exporta al amparo de nuestros acuerdos comerciales.
En los tres escenarios, se puede involucrar a China o a cualquier otro país fuera del TMEC, pero solo en el primero existe un delito que perseguir.
Navarro menciona la existencia de 5 estimaciones que van desde 40 mil millones hasta 303 mil millones de dólares anuales, en afectaciones económicas para estados Unidos y sus empresas, derivado del “transbordo ilegal”. El propio documento reconoce que no son directamente comparables porque utilizan metodologías, bases de datos y definiciones diferentes, pero toma un escenario central de 75 mil millones que, a decir del análisis provocaría una pérdida de 450 mil empleos estadounidenses y entre 113 mil y 150 mil millones de dólares menos de Producto Interno Bruto, ojo, siguen siendo estimaciones, no datos duros.
Por otro lado, se encuentra en análisis del Departamento de Comercio de Estados Unidos, que encontró 459 categorías en las que las importaciones estadounidenses provenientes de China disminuyeron mientras aumentaban las provenientes de otros países. El descenso chino fue de unos 109 mil millones de dólares en 2025, que no necesariamente representan transbordo ilegal, sino parte de los ajustes productivos legítimos que realizan las empresas.
Uno de los aspectos más delicados del informe, es el señalamiento de que aproximadamente 67 mil millones de dólares de mercancías provenientes originalmente de China habrían pasado en 2025 por los tres principales hubs comerciales identificados: México, India y Vietnam, pero ni se menciona cuanto de ese monto paso efectivamente por México nada más, ni se presenta evidencia de que esas mercancías solo fueron reetiquetadas o formaron parte del proceso de transformación legal. Este aspecto, representará una de las batallas técnicas más importantes para el equipo negociador del TMEC en las próximas semanas.
En 2025 México exportó mercancías por 664.8 mil millones de dólares, de los cuales 552.0 mil millones tuvieron como destino Estados Unidos. Esto significa que 83.0% de las exportaciones mexicanas depende directamente del mercado estadounidense. Durante enero-junio de 2026 la proporción incluso rondó 83.3%.
Al mismo tiempo, México importó en 2025 133.3 mil millones de dólares desde China, equivalentes a aproximadamente 20.1% de sus importaciones totales. Estados Unidos continuó siendo un proveedor mucho mayor, con 249.8 mil millones y 37.6% del total, es decir, vendemos a Estados Unidos y compramos insumos desde Estados Unidos y de Asia.
La dimensión más importante del informe no es estadística sino negociadora. Estados Unidos ya había colocado sobre la mesa el problema antes del informe, y en respuesta ambos países acordaron abrir la conversación sobre las reglas de origen para bienes industriales y seguridad económica, en aras de fortalecer las cadenas regionales y sustituir las importaciones provenientes de Asia.
Este informe fortalece la narrativa y la petición hecha por el gobierno de Estados Unidos de mejorar la medición y seguimiento del origen de todos los componentes con los que se produce un bien final, es decir, la trazabilidad de los bienes.
La peor estrategia mexicana sería responder que no existe transshipment. Probablemente existe, como existe en prácticamente todas las grandes plataformas comerciales del mundo, pero sería igualmente equivocada la estrategia estadounidense de convertir cualquier contenido chino en evidencia de evasión.
México debería llegar a Washington con una propuesta mucho más ambiciosa: un Protocolo Norteamericano de Integridad de Origen, capaz de identificar digitalmente insumos, proveedores, transformación sustancial y valor regional a nivel empresa y producto.
México podría aceptar auditorías más profundas, trazabilidad digital, intercambio de información aduanera, identificación de beneficiarios finales y controles específicos en productos de alto riesgo, siempre que exija debido proceso, criterios objetivos de transformación sustancial, sanciones dirigidas a empresas infractoras y una regulación justa aplicable a la inversión extranjera directa.
También obligaría a México a resolver un problema de fondo en su proceso productivo que consiste en elevar el contenido nacional, como una premisa fundamental de su política industrial y que pueda aplicarse a sectores en crecimiento como semiconductores, componentes eléctricos, autopartes, maquinaria, etc.
Detrás de su lenguaje provocador y de sus evidentes excesos metodológicos, el informe de Navarro debe leerse precisamente no como la prueba definitiva de una gran estafa mexicana, sino como la construcción del argumento que Washington puede utilizar en septiembre para exigir que Norteamérica deje de preguntarse dónde se fabrican los bienes y comience a preguntar para quién, con qué capital, con qué tecnología y con insumos de quién se fabrica.