Derechos Humanos

Sancionan a siete personas por calumnia, denostación y expresiones discriminatorias contra Daniel Serrano

Sancionan a siete personas por calumnia, denostación y expresiones discriminatorias contra Daniel Serrano

La sentencia de la Sala Regional acreditó la existencia de expresiones degradantes, discriminatorias, ofensivas o denotativas, así como la existencia de expresiones vinculadas con calumnia o equivalentes funcionales, por lo que se debe sancionar...

La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación falló a favor de Daniel Serrano Palacios por un juicio interpuesto contra siete ciudadanos de Cuautitlán Izcalli que emitieron expresiones que denostaron, calumniaron y degradaron al excandidato a la presidencia municipal de dicha demarcación.


Luego de validar las más de 60 expresiones negativas contra Serrano Palacios, la Sala Regional Toluca ordenó al Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) que al haber resultado fundados los agravios, se deben emitir medidas de reparación, por lo que los responsables se deben disculpar públicamente por las manifestaciones de calumnia, denostación y discriminación proferidas en contra de Daniel Serrano.


Si los responsables no se disculpan públicamente, podrían hacerse acreedores a un arresto administrativo por no acatar lo mandatado por estas instancias jurisdiccionales, tal como lo establece el Código Electoral del Estado de México.


La sentencia de la Sala Regional acreditó la existencia de expresiones degradantes, discriminatorias, ofensivas o denotativas, así como la existencia de expresiones vinculadas con calumnia o equivalentes funcionales, por lo que se debe sancionar a los responsables.


Con esta sentencia se revoca la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México en el expediente PES/318/2021 en la que había declarado inexistentes las violaciones atribuidas a los ciudadanos Felipe de Jesús Bravo Sánchez, Jesús Serrano Lora, Eduardo Ayala Velázquez, Octavio Reyes Hernández, Felipe Díaz González y Juan Miguel Rivera Molina y existente la violación objeto de la denuncia, relativa a calumnia, atribuida al ciudadano Miguel Pérez Patiño.