Al dirigir la sesión en que se aprobó por unanimidad la reforma al Estatuto Universitario, el rector aseguró que de esta manera se garantizará que un marco jurídico actúe ante el contexto y garantice la sanción de acosadores y hostigadores sexuales con una destitución permanente.
Barrera Baca señalo que dicha reforma será la acción más comprometida a las demandas de los colectivos feministas y alumnos paristas, que por medio de pliegos petitorios y tendederos de denuncias mostraron su rechazo a la violencia contra las mujeres.
Destacó que la premisa principal de las reformas a los títulos primero, segundo y tercero del Estatuto Universitario es hacer un compromiso de toda la comunidad universitaria a eliminar la violencia de género y construir en su lugar una cultura de paz y justicia.
Entre las reformas aprobadas, sobresale la creación del articulo 43 Bis. En el titulo segundo del Capitulo VII, el cual se refiere a señalar con precisión las faltas consideradas que serán sancionadas:
• Acoso Sexual
• Hostigamiento Sexual
• Bullying
• Ciberbullying
• Cosificación
• Mobbing
• Violencia De Género
• Violencia Digital
• Violencia Física
• Violencia Psicológica
• Violencia Sexual
• Discriminación Por Cualquier Motivo
• Robo
• Maltrato.
En el artículo 47, se especifica sanciones impuestas al personal académico, destacan la adición de la inhabilitación definitiva y la destitución, cualquiera de las acciones anteriores será consideradas como graves y el personal académico que sea destituido de su cargo estará inhabilitado de forma permanente para desempeñar cualquier trabajo académico o administrativo en la UAEM.