Política

Acceso a información sobre biblioteca vasconcelos a un particular con discapacidad visual

Acceso a información sobre biblioteca vasconcelos a un particular con discapacidad visual
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Cultura, antes Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta), actualmente Secretaría de Cultura, poner a disposición de un particular los documentos que acrediten en qué gastó el presupuesto asignado a la Biblioteca Vasconcelos en 2014 y 2015.

Asimismo, deberá entregar copia de las facturas y/o contratos de la adquisición del software parlante Jaws, para personas con discapacidad visual, las cédulas de evaluación del personal del área de servicios bibliotecarios del año 2015, así como los documentos que acrediten las actividades culturales y de fomento a la lectura que llevó a cabo en esos años y el curso que tomaron los trabajadores de la biblioteca, denominado "El ABC de la igualdad y la no discriminación".

Dado que se trata de una persona con discapacidad visual, el Pleno del INAI determinó que la dependencia deberá entregar los documentos vía internet, de manera que pueda consultarlos con el software parlante.

Al presentar el caso ante el Pleno, la comisionada presidente, Ximena Puente de la Mora, expuso que la Ley General de Transparencia establece que el ejercicio del derecho de acceso a la información no podrá condicionarse por motivos de discapacidad y prevé la obligación de establecer las medidas que faciliten el acceso y la búsqueda de la información para personas con discapacidad.

Planteó también que la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de la que México forma parte desde 2007, establece que los Estados parte adoptarán las medidas pertinentes para que las personas con discapacidad puedan ejercer el derecho de recabar y recibir información e ideas en igualdad de condiciones.
"Por ello es necesario que el Estado mexicano implemente políticas públicas para dar viabilidad al Artículo 21 de la

Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con el propósito de asegurar que la información dirigida al público en general por todas las instituciones públicas pueda ser recibida en formato accesible y con las tecnologías adecuadas a los diferentes tipos de discapacidad, así como facilitar la utilización de la lengua de señas, el braille, y en todos los demás modos, medios y formatos de comunicación", sostuvo.

El particular que solicitó conocer distinta información relacionada con la Biblioteca Vasconcelos y su Sala Braille, se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, porque la Secretaría de Cultura no le entregó los documentos, mediante el sistema Infomex.

Argumentó que eligió esa modalidad de entrega porque tiene una discapacidad visual y la única manera en que puede consultar la información es mediante un equipo de cómputo con el software parlante Jaws, el cual da lectura a los documentos.

En alegatos, la dependencia puso a disposición del particular la información en la modalidad de consulta directa. Indicó que un servidor público le leería los documentos o, si prefería, podía ser acompañado por alguien de su confianza.

En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la comisionada presidente, Ximena Puente de la Mora, se revisó la información proporcionada por la Secretaría de Cultura para responder a cada punto de la solicitud y al respecto se determinó lo siguiente:

Si bien el Consejo puso a disposición un reporte con las cifras del presupuesto asignado y ejercido por la Biblioteca Vasconcelos en 2014 y de enero a julio de 2015, no entregó los documentos que demuestren en qué gastó o gastaría dicho presupuesto.

Asimismo, el sujeto obligado notificó al particular la disponibilidad de una copia del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública 2014 y 2015, así como de las diversas solicitudes elaboradas en esos años, para la adquisición del software parlante Jaws; sin embargo, no entregó las facturas y/o contratos de la adquisición de éste.

Respecto de un programa de promoción y difusión de la cultura y de la lectura, dirigido a los usuarios de la Biblioteca y la Sala Braille, manifestó que no elaboró un programa específico, pero llevó a cabo círculos de lectura, conciertos musicales, narraciones orales y otras actividades para dicho propósito; no obstante, omitió entregar los documentos que lo acrediten.

Por lo que hace a un programa anual de capacitación para el personal bibliotecario sostuvo que 34 trabajadores tomaron el curso "El ABC de la igualdad y la no discriminación", impartido por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación; sin embargo, no entregó las constancias que den cuenta de ello.
Finalmente, sobre la evaluación del personal bibliotecario, puso a disposición cédulas de evaluación correspondientes a 2014, pero no de 2015.

Por lo antes expuesto, se concluyó que la dependencia no hizo una búsqueda exhaustiva de la información en todas sus unidades administrativas competentes, como la Presidencia, la Secretaría Ejecutiva, la Dirección General de Administración y la Dirección General de Bibliotecas.

En ese sentido, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la Secretaría de Cultura y le instruyó una búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas competentes, dentro de las cuales no podrá omitir a las antes señaladas, a fin de que proporcione al particular la información de su interés.

Asimismo, se ordenó que a fin de garantizar el acceso a la información a las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones, la ahora Secretaría de Cultura entregue la información en documentos accesibles para programas parlantes de computación al correo electrónico del particular señalado para oír y recibir todo tipo de notificaciones, o bien, ponerla a su disposición en un sitio de Internet y comunicarle el procedimiento que le permita acceder a ella, de manera gratuita.