La Justicia Restaurativa busca incorporar una perspectiva de reparación y reflexión en los procesos penales, mediante mecanismos en los que las víctimas pueden expresar sus necesidades y quienes cometieron un delito tienen la posibilidad de reconocer el impacto generado por sus acciones.
Israel Cepeda López, mediador conciliador del Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Poder Judicial del Estado de México, explicó que uno de los objetivos centrales es que la persona responsable no sólo enfrente una consecuencia jurídica, sino que comprenda el daño ocasionado, asuma responsabilidad y participe en su reparación.
En el caso de personas adultas, estos mecanismos pueden implementarse desde la denuncia ante la Fiscalía, durante la investigación y hasta la investigación complementaria ante el juzgado de Control. En esta primera etapa, el modelo puede aplicarse a delitos culposos y, cuando las partes alcanzan un acuerdo reparatorio, el procedimiento puede concluir por esta vía antes del auto de vinculación a proceso.
Entre los asuntos que con mayor frecuencia pueden abordarse mediante este mecanismo se encuentran lesiones, daños a vehículos y robos sin violencia.
El proceso no busca que una persona reconozca de manera inmediata una responsabilidad que inicialmente no identifica. De acuerdo con Cepeda López, durante las sesiones se analizan las decisiones que condujeron al hecho, las alternativas que pudieron evitarlo y las consecuencias derivadas de las acciones u omisiones.
La participación de las partes es voluntaria y el procedimiento se desarrolla bajo principios como confidencialidad, neutralidad, imparcialidad, equidad, legalidad, honestidad, oralidad y consentimiento informado.
La víctima tiene la posibilidad de decidir si participa y de expresar qué considera necesario para reparar el daño. Si no existe voluntad para intervenir, el procedimiento no puede llevarse a cabo.
La reparación tampoco se limita a una compensación económica. Dependiendo de cada caso, puede contemplar afectaciones emocionales, familiares o morales, además de las consecuencias materiales derivadas del delito.
Cuando la Justicia Restaurativa se aplica durante la etapa de ejecución de una sentencia, su alcance es mayor y puede utilizarse para trabajar la reparación del daño incluso en delitos graves. Sin embargo, participar en estos procesos no implica que una persona privada de la libertad obtenga automáticamente su salida de prisión.
En estos casos, el proceso puede formar parte de los elementos considerados para acceder a algún beneficio previsto por la legislación, además de contribuir a que la persona sentenciada reflexione sobre las consecuencias de sus actos antes de reincorporarse a la sociedad.
Los procedimientos tampoco tienen un periodo de duración establecido. Algunos pueden concluir en uno o dos meses, mientras que otros requieren procesos más prolongados debido a las características particulares de cada asunto.
Cepeda López recordó un caso iniciado en 2024 relacionado con el homicidio de una mujer, cuya hija participó como ofendida. Ante la imposibilidad de cubrir una reparación económica, las sesiones también se enfocaron en atender las consecuencias emocionales derivadas de la pérdida.
Con el desarrollo del proceso, la joven pudo identificar que la situación de su padre no la hacía responsable de lo ocurrido y reconocer que ella también había sido afectada por la muerte de su madre.
Otro de los propósitos de este modelo es contribuir a disminuir el riesgo de reincidencia mediante la reflexión sobre las decisiones tomadas y sus consecuencias. Para el mediador, una de las aportaciones de la Justicia Restaurativa consiste precisamente en generar un espacio para identificar qué pudo hacerse de manera diferente y asumir las consecuencias de lo ocurrido.
En lo que va de 2026, el Centro ha iniciado más de 210 casos mediante mecanismos de Justicia Restaurativa y ha concluido aproximadamente 215 procedimientos, de acuerdo con la información proporcionada por el especialista.
#JusticiaRestaurativa #Justicia #ReparaciónDelDaño #Víctimas #ProcesosPenales #DerechosHumanos #Reinserción #Seguridad #OscarGlenn