El Congreso del Estado de México aprobó la reforma constitucional que establece un límite máximo para pensiones y jubilaciones del personal de confianza en organismos públicos, empresas estatales, fideicomisos y entidades paraestatales, las cuales no podrán rebasar la mitad de la remuneración de la persona titular del Poder Ejecutivo federal.
La medida forma parte de una modificación al artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitida por la Cámara de Diputados federal y avalada por la Legislatura mexiquense en su calidad de integrante del Constituyente Permanente.
Con esta reforma, también quedará prohibido que cualquier instrumento jurídico establezca beneficios de retiro superiores al nuevo tope constitucional.
El decreto contempla además que las jubilaciones y pensiones ya otorgadas antes de la entrada en vigor de la reforma, y que no estén dentro de las excepciones previstas, deberán ajustarse al nuevo límite, incluso si actualmente se encuentran vigentes.
Entre las exclusiones aprobadas se encuentran las pensiones del personal de las Fuerzas Armadas, aquellas derivadas de aportaciones voluntarias a sistemas de ahorro para el retiro con cuentas individuales, las provenientes de fondos sindicales complementarios y la pensión no contributiva establecida en el artículo 4 constitucional.
Durante la sesión legislativa, se informó que tanto el Congreso de la Unión como las legislaturas estatales tendrán un plazo de 90 días naturales para armonizar su marco normativo con esta disposición constitucional.
La reforma busca establecer criterios de austeridad y control en el gasto público relacionado con prestaciones de retiro dentro de la administración pública federal y estatal.
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