El Pleno de la LXII Legislatura del Estado de México aprobó este 10 de septiembre una reforma que incrementa hasta 16 años de prisión las penas por delitos sexuales cometidos contra menores de edad.
La medida fue avalada por unanimidad y contempla sanciones para quienes utilicen tecnologías de la información u otros medios electrónicos con el fin de violentar sexualmente a niñas, niños o adolescentes.
La reforma establece que quienes cometan estos delitos podrán recibir multas de hasta 800 Unidades de Medida de Actualización (UMA), equivalentes a 90 mil 515 pesos, además de la pena privativa de libertad.
El dictamen aprobado especifica que se sancionará a quienes, mediante medios electrónicos, escritos o de mensajería, intenten o logren concertar encuentros físicos con menores de edad con fines sexuales o de producción de material audiovisual de carácter explícito.
En estos casos, las penas se duplicarán si la víctima es menor de edad, si requiere apoyos para comprender el significado de los hechos o si demanda apoyos extraordinarios.
El diputado Carlos Antonio Martínez Zurita Trejo, proponente de la iniciativa, explicó que con esta medida “se pone en el centro de atención a las niñas y niños y sus derechos, frente a la violencia, desigualdad, impunidad o abandono, ya que cada medida es un paso más en la consolidación de una sociedad más justa y segura”.
La reforma también amplía las atribuciones de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes estatal, que ahora tendrá un papel determinante en la valoración del perdón legal cuando las víctimas sean menores.
Además, se refuerzan las medidas de protección inmediata en coordinación con autoridades judiciales, de salud y de procuración de justicia.
De igual manera, se obliga a las instituciones de salud a dar atención prioritaria e inmediata a niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia, y a notificar tanto a la Procuraduría como al Ministerio Público para la activación de medidas urgentes.
La iniciativa implica modificaciones al Código Penal, la Ley de Víctimas, el Código Administrativo y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, incorporando el principio del interés superior de la niñez como eje rector en la atención de estos delitos.
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