¿QUÉ PASÓ CON LA DECISIÓN DE LA SCJN SOBRE EL BLOQUEO DE CUENTAS?

Ramón Cabrera

¿QUÉ PASÓ CON LA DECISIÓN DE LA SCJN SOBRE EL BLOQUEO DE CUENTAS?

JustaMente del Dr. Ramón Cabrera 


 


La Suprema Corte acaba de validar que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda congelar cuentas bancarias sin que un juez lo autorice antes. Esto significa que el gobierno puede bloquear tu dinero solo con una decisión administrativa, sin ir al tribunal.


El problema de fondo:


México adoptó una versión muy estricta de los estándares internacionales contra el lavado de dinero y el terrorismo. En otros países, congelar cuentas sin orden judicial solo se permite en casos de terrorismo (por la urgencia). Pero aquí se aplica también para lavado de dinero, donde el estándar internacional solo pide procedimientos rápidos, no necesariamente sin juez.


¿Qué dijo la Corte?


· En 2018 ya lo había aceptado, pero como una excepción muy limitada.
· En 2026 fue más lejos: dijo que es constitucional que la UIF tenga esa facultad de forma general, no solo como excepción.


Las contradicciones que señalan los expertos:


1. Un ministerio público sí necesita ir con un juez para afectar tus derechos.
La SHCP (autoridad administrativa) puede hacerlo de inmediato, sin juez.
→ ¿Por qué una autoridad tiene más poder que la otra?
2. México dice que el crimen organizado no es terrorismo, pero usa las mismas herramientas del terrorismo (congelar sin control judicial).
3. La propia Constitución (artículo 1°) ordena proteger más a las personas (“principio pro persona”). Pero la Corte eligió la opción más dura, no la que más protege tus derechos.


Conclusión sencilla:


No es que México esté violando las reglas internacionales. El problema es que eligió la interpretación más extrema permitida. La pregunta real es:
¿Dónde ponemos el límite para que el gobierno pueda actuar rápido, sin pasarse y congelar cuentas de forma injusta?


En un Estado de derecho, incluso la lucha contra el crimen debe tener frenos y respetar derechos como el debido proceso.