Política

Confirma TEEM estudio sobre acciones afirmativas realizado por el IEEM, sobre el voto de mexiquenses que residen en el extranjero

Confirma TEEM estudio sobre acciones afirmativas realizado por el IEEM, sobre el voto de mexiquenses que residen en el extranjero

 


El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) confirmó un acuerdo del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) mediante el cual realizó acciones afirmativas a favor del voto de mexiquenses que residen en el extranjero (IEEM/CG/104/2025).


La mayoría del Pleno consideró que el recurso de apelación de dicho acuerdo presentado por el Partido Acción Nacional (PAN) no cumplió con ciertos requisitos procesales, entre ellos, no haber comparecido como promovente o tercero interesado en el juicio de origen, por lo que la emisión del acuerdo del IEEM no le generó perjuicio.


El acuerdo IEEM/CG/104/2025, en cumplimiento a lo determinado por este Tribunal, dio por presentado el estudio “El voto de las y los mexiquenses residentes en el extranjero para Diputaciones Locales por el principio de Representación Proporcional para el Proceso Electoral 2024” realizado por la Universidad Autónoma Metropolitana y ordenó su remisión a la Legislatura Local, con el fin de ser tomadas en cuentas las consideraciones ahí vertidas en una próxima reforma electoral.


El Magistrado Héctor Romero Bolaños, se apartó de ese proyecto por considerar que los Partidos Políticos son garantes de intereses difusos, es decir, que pueden velar por intereses cuya titularidad corresponde a un conjunto indeterminado de personas, por lo que, a su criterio, el PAN sí podría vigilar el correcto cumplimiento de una sentencia. (RA/10/2025)


En un asunto diferente, el TEEM determinó que Jesús Herrera Bravo, militante del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en el Estado de México vulneró el interés superior de la niñez derivado de que realizó una publicación considera como propaganda política en la red social Facebook en la que aparecía una persona menor de edad, sin que se documentara el consentimiento de su madre, padre o tutor, por lo que, tanto a Herrera Bravo como a el PVEM se les amonestó públicamente y se determinó que el partido político faltó a su deber de cuidado. (PSO/10/2025)


Asimismo, la mayoría del Pleno resolvió que el asunto por el que la séptima regidora de Tepotzotlán denunció a la Presidenta Municipal y al Secretario del Ayuntamiento de esa demarcación por violencia política contra las mujeres en razón de género, se returnara para su análisis, por considerar que había una falla procesal al no haberse emplazado a una de las partes denunciadas, aunque la propuesta de la magistratura ponente sí consideraba la existencia de dicha infracción debido a que el Secretario del Ayuntamiento restringió a la regidora en el ejercicio de su cargo, sin tener facultades para hacerlo.


En la sesión de este día se resolvieron 5 juicios para la ciudadanía local, 2 recursos de apelación y 2 procedimientos especiales sancionadores.


 


#TEEM #JusticiaElectoral #Edomex #IEEM #DerechoElectoral #VotoExtranjero #TribunalElectoral #Democracia #EstadoDeDerecho #LegalidadMexiquense #OscarGlenn