De los 594 registros recibidos por el Comite? de Evaluacio?n del Poder Legislativo del Estado de Me?xico, para participar en la seleccio?n de postulaciones a la eleccio?n extraordinaria del 1 de junio de 2025 de personas juzgadoras, se determino? que 531 cumplieron con los requisitos constitucionales de elegibilidad.
De acuerdo con el listado (que se puede consultar en el sitio electro?nico: https://legislativoedomex.gob.mx/eleccionjudicial2025/ ), de estos 531 registros calificados como elegibles, 52 corresponden a magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, 200 a magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, y 279 para juezas y jueces.
El documento resalta que el Comite? de Evaluacio?n verifico? del 16 al 18 de febrero que las personas registradas cumplieran con los requisitos y documentacio?n de elegibilidad; por lo que, en los casos de omisiones subsanables, se previno a las personas aspirantes, a trave?s de la plataforma de registro para que en un te?rmino de 12 horas remitieran la documentacio?n comprobatoria solicitada.
Puntualiza que se determino? como no elegibles a las personas cuyas solicitudes no reunieron los requisitos y que, pese a las prevenciones, no entregaron la documentacio?n completa o no acreditaron algu?n requisito constitucional, siendo un total de 61 personas no elegibles, determinacio?n que fue aprobada por este Comite? el 19 de febrero.
Adema?s, se precisa que, respecto a las dos personas magistradas del Tribunal Superior de Justicia, cuyas plazas no eran consideradas en la Convocatoria Pu?blica General y que manifestaron su decisio?n para participar en la eleccio?n de la presidencia de dicho Tribunal, se registro? el folio OA-018TMOTF-GTCJ1VW, correspondiente a la magistrada en funciones Erika Icela Castillo Vega, como aspirante al cargo de magistrada del Tribunal Superior de Justicia y presidenta del mismo, se determino? que no fue necesario evaluar, ya que sometio? su magistratura a eleccio?n conforme a la convocatoria, a solicitud expresa de la magistrada
An?ade que esta disposicio?n establece que su participacio?n en el proceso de eleccio?n implica la aceptacio?n expresa de que su plaza sera? sometida a dicho procedimiento y, por tanto, se considera una renuncia voluntaria a su magistratura a partir de la toma de protesta de la persona que resulte electa.
En consecuencia, al haber optado por este proceso, su solicitud para ser evaluada resulta improcedente, ya que debera? ser incluida en el listado de personas candidatas que integre la Legislatura.
Cabe sen?alar que, a ma?s tardar, este 24 de febrero, el Comite? calificara? la idoneidad de las personas elegibles y publicara? el listado correspondiente, para posteriormente depurarlo mediante insaculacio?n pu?blica y ajustarlo al nu?mero de postulaciones para cada cargo por cada poder del Estado.
CLAVES:
-De los 531 registros: 52 son a magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, 200 a magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, y 279 para juezas y jueces.
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