Política

Desecho el TEPJF impugnaciones del PRD sobre elecciones de diputados federales en Edomex, Michoacán y Querétaro

Desecho el TEPJF impugnaciones del PRD sobre elecciones de diputados federales en Edomex, Michoacán y Querétaro

La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió en los diversos juicios de inconformidad identificados con las claves ST-JIN-69/2024, ST-JIN-73/2024, ST-JIN-74/2024, ST-JIN-81/2024, ST-JIN-83/2024, ST-JIN-84/2024, ST-JIN-92/2024, ST-JIN-95/2024, ST-JIN-97/2024, ST-JIN-104/2024, ST-JIN-112/2024, ST-JIN-126/2024, ST-JIN-129/2024 y ST-JIN-147/2024, promovidos por el Partido de la Revolución Democrática contra los resultados de los cómputos distritales, declaración de validez y expedición de las constancias de mayoría y validez de la elección de las diputaciones de Mayoría Relativa en los Estados de México, Michoacán y Querétaro que se confirman los actos impugnados.


Ello, debido a que en lo referente a la causal de nulidad de votación recibida en casillas, la parte actora no acreditó los elementos de las causales que invocó, pues omitió señalar los nombres de las personas que en su concepto estaban impedidas para integrar válidamente la mesa directiva de las casillas controvertidas; dejó de referir los hechos relacionados con las personas a quienes presuntamente se les permitió votar sin tener derecho a ello; y no proporcionó circunstancias de modo tiempo y lugar en que presuntamente intervino el crimen organizado en las casillas que mencionó.


Tratándose de la nulidad de elección hecha valer, sustentada en la intervención del crimen organizado y del Ejecutivo Federal con sus “mañaneras”, los hechos denunciados se apoyaron en indicios que aun de ser ciertos son inconexos con la elección impugnada en cada caso; y contextualmente insuficientes para demostrar su relación con cada elección controvertida y para establecer el impacto que pudieron tener en su resultado; aunado a que no se identificaron las casillas que se impugnaron por la supuesta irregularidad en el sistema de carga de los cómputos distritales del Instituto Nacional Electoral.


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