Política

Invalida la SCJN reformas a la Ley de telecomunicaciones sobre autorregulación y ética

Invalida la SCJN reformas a la Ley de telecomunicaciones sobre autorregulación y ética
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por unanimidad de votos invalidar la totalidad el decreto de reformas de octubre de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de derecho de las audiencias, que establecía principalmente un sistema de autorregulación para que el nombramiento del defensor de las audiencias y los códigos de ética para radio y televisión fueran nombrados por ellos.

La propuesta del Ministro Alberto Pérez Dayán invalidó esta reforma, que a su vez había eliminado la obligación de que comunicadores distingan entre opinión e información al presentar una noticia, por vicios en el proceso legislativo.

La Ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que, cuando la Segunda Sala de la SCJN, de la que ella es Presidenta, analizó algunas de las normas reclamadas, discrepó de otorgar el amparo, porque consideró que el sistema de autorregulación de los concesionarios de radio y televisión sí favorece la libertad de expresión de las y los comunicadores, y al mismo tiempo, protege el derecho de las audiencias a elegir los contenidos audiovisuales con total libertad de criterio.

Sin embargo, como en el caso el proyecto demostraba que en el proceso de creación de las normas reclamadas hubo diversas omisiones al reglamento de Senado, ello le obligaba a votar por su invalidez, para que el Congreso de la Unión, en uso de sus competencias constitucionales, legisle de nueva cuenta sobre los derechos de las audiencias con pleno respeto del ejercicio de la libertad de expresión de quienes comunican sus ideas en las radiodifusoras y televisoras del país, tomando en cuenta que este Tribunal Pleno no le impone al Poder Legislativo Federal directriz, ni lineamiento alguno, porque esta decisión no examina el fondo del asunto.