El decreto publicado este sábado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) indica que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano es la dependencia que procederá a la ocupación temporal, total e inmediata y que queda a cargo del pago de la indemnización a quien corresponda.
“Los propietarios afectados deberán estarse a lo ordenado en la parte considerativa del presente decreto respecto de la insubsistencia de la ocupación temporal”, se le en la publicación del DOF.
De acuerdo con el decreto de López Obrador, al momento se desconoce el domicilio de los propietarios de los ocho predios.