Esta decisión favorece la continuidad de este proceso democrático y ciudadano. Además, la SCJN argumentó que el párrafo segundo del articulo 29 de la Constitución Política del país establece que los derechos políticos no pueden ser restringidos o suspendidos de manera general, el INE estaba violentando el derecho de la ciudadanía a decidir si revoca o no el mandato.
Cabe decir que este hecho es consecuencia de que las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Margarita Ríos Farjat dieron entrada a la controversia constitucional interpuesta por la Cámara de Diputados que impugnó la decisión de la autoridad electoral.