El juicio sumario de usucapión es ágil y con requisitos claros para los ciudadanos; juez israel parra villa

El juicio sumario de usucapión es ágil y con requisitos claros para los ciudadanos; juez israel parra villa

Esta oportunidad es de gran ayuda para ejercer el derecho a la propiedad y la vivienda.

En entrevista con el Juez especializado en Juicios Sumarios de Usucapión, Israel Parra Villa, adscrito en Ecatepec de Morelos; quien otorgó a la Señora Guadalupe García León su título de propiedad a través del primer juicio en línea en la materia, explicó que este proceso se entiende básicamente como la forma de adquirir la propiedad de los bienes por el transcurso del tiempo, "por haberlo poseído en carácter de dueño o propietario me genera casi en forma automática la propiedad o titularidad".

Especificó que una persona puede aspirar a usucapir, siempre y cuando se haya poseído el bien en carácter de propietario por un periodo de cinco años, cuando lo posee de buena fe, tiene un documento o título que le da derecho a poseer con ese carácter, o bien al paso de diez años cuando no se posee un título.

¿Cómo se puede demostrar la posesión de un predio?

De acuerdo con el Juez, una persona puede demostrar que posee un predio, cuando tiene un contrato de contra-venta, o mediante un documento, ya sea de un padre que dona a un hijo un inmueble o también cuando existe un contrato de permuta, es decir que entrega un bien a cambio de otro.

El Juez explica que la usucapión es una figura dual, por el cual se puede tutelar el derecho de la persona que ha estado al pendiente de un predio; puede ser que no tenga ningún documento o acto jurídico para acreditar titularidad, pero si el predio estuvo abandonado y la persona fue diligente e hizo actos de dominio sobre un bien, sin que ningún tercero se opusiera en el transcurso de diez años, se le puede reconocer el derecho de incorporar el bien a su patrimonio, es decir; por un lado se reconoce a quien ha estado al pendiente, pero se sanciona a quien ha sido negligente.

La figura de usucapión es de los juicios más entablados en el Estado de México, concentra alrededor del 60 y 70% por ciento de los asuntos, además es sumamente útil para tutelar el derecho a la propiedad privada, a la tenencia de la tierra, a la vivienda digna incluso y es muy eficaz para este efecto.

A decir del Juez Parra Villa, existen dos vías o tipos de juicio en esta materia; la Usucapión que se maneja por la vía ordinaria que cumple con todos los trámites y plazos del procedimiento ordinario y otros por la vía sumaria que es la más rápida y  más eficaz, para la cual específicamente se han creado esos tribunales especializados en Juicios Sumarios de Usucapión.

Narra el juez a manera de ejemplo que una persona presentó una demanda en el tribunal electrónico el 27 de mayo de este año, ese mismo día se dictó el acuerdo para admitir su demanda porque que cumplía con los requisitos, se dejaron transcurrir tres días (hábiles) para notificarle a través de correo institucional y que tuviera tiempo de prepararse debidamente con su abogada para comparecer al juzgado el dos de junio a las 9 de la mañana.

En esa fecha se presenta con su abogada y con la parte a quien está demandando ella, para emplazarle; se identifican debidamente cada una; se notifica a la parte demandada y aun teniendo cinco días para contestar, en ese momento acepta las reclamaciones de la demandante y accede a sus peticiones, lo que permite que se turne el expediente para sentencia y en sólo 45 minutos se resuelve el caso.

Este caso es significativo, explica el Juzgador, pues la protagonista compró su inmueble en 1993 y no había podido regularizar por no tener capacidad económica para financiar un proceso que suele ser caro por la vía ordinaria y por no haber sabido antes que podía hacerlo a través de este procedimiento sumario que facilita y agiliza una solución.

Además, destacó que aun cuando estamos en medio de la contingencia por la emergencia sanitaria, a través del Tribunal Electrónico del Poder Judicial del Estado de México, se pudo iniciar y culminar el procedimiento rápidamente.

Cabe señalar que el Consejo de la Judicatura determinó el 28 de mayo que durante el mes de junio, en el marco de la emergencia sanitaria, en los juzgados en materia Civil, Mercantil y Especializados en Juicios Sumarios de Usucapión, se reanudaran las actuaciones y el cómputo de los términos judiciales para los procedimientos que se sigan ante el Tribunal Electrónico.

Es importante que para proceder a estos juicios, los bienes deben cumplir con los siguientes requisitos para que sea procedente:

Uno es que el predio no mida más de doscientos metros cuadrados; o bien, si excede los doscientos metros, que el predio no tenga un costo mayor A $508,960.00 pesos.

Si se encuentra en esas hipótesis, puede acudir al Tribunal Especializado en Juicios Sumarios, de no ser así, tendría que tramitarse por la vía ordinaria, la cual toma más tiempo.

Una vez que se tiene la sentencia definitiva, existen dos posibilidades, una es que se entreguen las copias certificadas a quien obtuvo la titularidad de su predio para que haga su trámite ante el Registro Público de la Propiedad; otra es que se gire oficio vía electrónica el IFREM para que genere la línea de captura al propietario, quien deberá pagar sus derechos y así se inscriba automáticamente.

Actualmente existen dos Juzgados Especializados en Juicios Sumarios de Usucapión, uno en  Ecatepec, que atiende la zona valle de México y otro en Lerma que atiende al Valle de Toluca.

Ligas de Interés y utilidad sobre el tema:

Poder Judicial del Estado de México
http://web2.pjedomex.gob.mx/

Tribunal Electrónico del Estado de México
http://web2.pjedomex.gob.mx/index.php/servicios-en-linea

Instituto de la Función Registral
http://ifrem.edomex.gob.mx/

Defensoría Pública
http://idp.edomex.gob.mx/