Scjn legaliza aborto solo en caso de riesgo de salud

Scjn legaliza aborto solo en caso de riesgo de salud

Además, se ordenó al ISSSTE realizar un diagnóstico oportuno sobre las repercusiones de postergar el aborto que ponga en riesgo la salud de una mujer.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró ayer, por primera vez, que cuando una mujer enfrenta un riesgo de salud durante su embarazo tiene derecho a abortar sin que se le condicione a que su vida corra peligro.

Esta situación se dio luego de que los ministros concedieran un amparo a una mujer quien denunció que en 2013 el Hospital 20 de noviembre del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) no le permitiera abortar a pesar de que su embarazo representaba un riesgo para su salud.

Sin embargo, el ISSSTE indicó que los problemas de salud no están previstos como excepción en el Código Penal Federal para considerar viable y legal el aborto, ya que dicha norma únicamente prevé aquellos casos en los que la vida de la madre está en riesgo o en caso de que se trate de un embarazo producto de una violación.

Ante esta situación la mujer indicó que pudo abortar en otra institución médica, sin embargo, el criterio avaló que aun y cuando la vida de la madre no esté en riesgo, sí su salud se ve comprometida, tiene derecho a que se le permita abortar de manera segura.





Sumado a ello ordenó al ISSSTE realizar un diagnóstico oportuno sobre las repercusiones que tuvo en la salud de la quejosa postergar el aborto, y además pidió se le atienda debidamente.

Con información de: El Universal.