Esta situación se dio luego de que los ministros concedieran un amparo a una mujer quien denunció que en 2013 el Hospital 20 de noviembre del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) no le permitiera abortar a pesar de que su embarazo representaba un riesgo para su salud.
Sin embargo, el ISSSTE indicó que los problemas de salud no están previstos como excepción en el Código Penal Federal para considerar viable y legal el aborto, ya que dicha norma únicamente prevé aquellos casos en los que la vida de la madre está en riesgo o en caso de que se trate de un embarazo producto de una violación.
Ante esta situación la mujer indicó que pudo abortar en otra institución médica, sin embargo, el criterio avaló que aun y cuando la vida de la madre no esté en riesgo, sí su salud se ve comprometida, tiene derecho a que se le permita abortar de manera segura.
Hoy la @SCJN decidió a favor de Margarita, una derechohabiente del @ISSSTE_mx que cursaba un embarazo de alto riesgo y la institución le negó la interrupción del embarazo. https://t.co/GnFHRyX6mV
— GIRE (@GIRE_mx) 15 de mayo de 2019
Sumado a ello ordenó al ISSSTE realizar un diagnóstico oportuno sobre las repercusiones que tuvo en la salud de la quejosa postergar el aborto, y además pidió se le atienda debidamente.
Con información de: El Universal.