Política

Modifica TEEM acuerdo del IEEM para garantizar candidaturas de mexiquenses residentes en el extranjero

Modifica TEEM acuerdo del IEEM para garantizar candidaturas de mexiquenses residentes en el extranjero

El Tribunal Electoral del Estado de México ordenó al IEEM diseñar una acción afirmativa que permita a la ciudadanía mexiquense que vive fuera del país contender por diputaciones locales de representación proporcional en el proceso electoral 2026-2027

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) modificó parcialmente un acuerdo del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) para establecer medidas que garanticen el derecho de las personas mexiquenses residentes en el extranjero a ser votadas durante el proceso electoral 2026-2027.


La determinación se tomó durante la vigésima segunda sesión pública del Pleno del TEEM, al resolver el juicio de la ciudadanía JDCL/195/2026, mediante el cual se impugnó el acuerdo IEEM/CG/25/2026, relacionado con la participación electoral de la ciudadanía mexiquense que radica fuera del país.


El tribunal determinó que el IEEM deberá diseñar e implementar una acción afirmativa para permitir la postulación de personas residentes en el extranjero a diputaciones locales por el principio de representación proporcional.


El acuerdo original contemplaba el ejercicio del derecho al voto de las personas mexiquenses que viven fuera de México; sin embargo, la controversia se centró en la necesidad de establecer medidas que también hicieran efectivo su derecho a participar como candidatas y acceder a cargos de elección popular.


Con la modificación, el instituto electoral tendrá que definir los mecanismos necesarios para incorporar esta representación en las candidaturas legislativas locales, bajo los principios constitucionales y legales aplicables.


Entre las tareas que deberá atender el IEEM se encuentra determinar el número de candidaturas que serán reservadas para esta acción afirmativa, así como su ubicación dentro de las listas de representación proporcional de los partidos políticos.


También deberá establecer los procedimientos para acreditar la residencia efectiva en el extranjero y comprobar la vinculación de las personas aspirantes con el Estado de México y con la comunidad migrante mexiquense.


Estas disposiciones deberán definirse antes del inicio del periodo de registro de candidaturas correspondiente al proceso electoral 2026-2027, con el propósito de establecer reglas claras para quienes busquen participar en la contienda.


La resolución busca que la participación política de la comunidad mexiquense en el extranjero no se limite a la emisión del voto, sino que contemple también condiciones para acceder a candidaturas y formar parte de la representación legislativa estatal.


En otro asunto, durante la misma sesión, el Pleno del TEEM resolvió el juicio de la ciudadanía local JDCL/210/2026, relacionado con una solicitud para inscribir un inmueble en el padrón catastral del municipio de Jilotzingo.


En este caso, el tribunal determinó que la controversia corresponde al ámbito administrativo municipal y no a la materia electoral, debido a que los procedimientos vinculados con el registro catastral no forman parte de los asuntos que pueden resolverse mediante los medios de impugnación electorales.


Por ello, dejó a salvo los derechos de la parte actora para que pueda acudir a la vía legal que considere pertinente para hacer valer sus pretensiones ante las autoridades competentes.


De acuerdo con el tribunal, esta determinación responde a la naturaleza administrativa del procedimiento, que debe tramitarse mediante los mecanismos establecidos para ese tipo de controversias.


En total, durante la vigésima segunda sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de México resolvió 16 asuntos, entre los que se incluyeron controversias relacionadas con la participación política de la ciudadanía mexiquense residente en el extranjero y cuestiones que, por su naturaleza, corresponden a otras instancias.


Con estas resoluciones, el órgano jurisdiccional atendió los asuntos sometidos a su consideración y precisó los alcances de su competencia en materia electoral, así como las obligaciones del IEEM para garantizar la participación política de la comunidad mexiquense que vive fuera del país. 


 


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