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Desechar controversia del Gobierno de Chihuahua contra los Libros de la SEP fue una decisión libre y bien fundamentada: Ríos Farjat

Desechar controversia del Gobierno de Chihuahua contra los Libros de la SEP fue una decisión libre y bien fundamentada: Ríos Farjat

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó este miércoles la controversia constitucional que presentó el gobierno de Chihuahua oponiéndose a la distribución de los libros de texto gratuitos de la SEP, de tal manera que ya pueden entregarlos a las y los estudiantes de la entidad.


La demanda del gobierno Chihuahuense se admitió a trámite en agosto, con la consideración del ministro Luis María Aguilar, quien otorgó la suspensión de la entrega del material hasta que se resolviera de fondo el asunto, decisión que fue impugnada de inmediato por la SEP.


La revisión que realizaron recientemente los ministros concluyó que no fue correcto que Aguilar diera entrada a la controversia constitucional, pues el gobierno de Chihuahua argumentó que se invadió su esfera de competencia, pero esto no ocurrió.


La ponencia de está resolución estuvo a cargo del ministro Arturo Zaldívar, quien planteó como procedente el reclamo del Ejecutivo federal y desechar la demanda considerando que hubo afectaciones a la competencia del gobierno estatal y esto fue aprobado por unanimidad por los integrantes de la Sala, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.


Ahora la distribución de los libros de Texto será reanudada, mientras la gobernadora de Chihuahua Maru Campos, asume la decisión y anuncia que acatará este fallo.


La ministra Margarita Ríos Farjat aseguró en breve entrevista en Toluca, que para desecharse el acuerdo, las consideraciones coincidentes de los ministros de la sala fueron emitidas con su libre albedrío y en apego a los procedimientos jurisdiccionales mientras las partes promovieron lo que cada quien pensó.


La jurista señaló que en su análisis particular, encontró cuestiones extemporáneas y en algunos reclamos no identificó agravios o concepto de invalidez formulado y otras situaciones que hacían improcedente la controversia. Asimismo enfatizó que el derrotero político que tomen las cosas tras la resolución, es ajeno a la corte.


 


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