Causas

El Estado mexicano realiza el depósito del Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso

El Estado mexicano realiza el depósito del Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso

La oficina de la Organización Internacional del Trabajo para México y Cuba confirmó el depósito por parte del Estado Mexicano del Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) realizado este día en Ginebra, Suiza por la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, en representación del gobierno mexicano.


El Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) fue adoptado en Ginebra durante la 103ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, el 11 de junio de 2014. Este instrumento actualiza y adopta nuevas disposiciones para hacer efectiva la aplicación del Convenio núm. 29 sobre el trabajo forzoso, ratificado por México en 1934, y tomar medidas urgentes en un contexto donde las formas del trabajo forzoso u obligatorio han cambiado y se vinculan a otros fenómenos como es la trata de personas, ante el número creciente de personas en situación de trabajo forzoso u obligatorio, además de la vulnerabilidad de ciertos grupos, como son las personas migrantes.


Dicho Protocolo reafirma la necesidad de implementar medidas de prevención y de protección, acciones jurídicas y de reparación para lograr la supresión efectiva y sostenida del trabajo forzoso u obligatorio. Asimismo, señala que las medidas adoptadas para aplicar las disposiciones contenidas en éste y en el Convenio, deberán ser determinadas por la legislación nacional o por la autoridad competente, previa consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores interesadas.


El Estado mexicano se suma a la lista de 59 países que han ratificado este Protocolo. Se trata de un paso trascendental, ya que, por tratarse de un instrumento jurídicamente vinculante, el Estado mexicano se compromete a adoptar medidas eficaces para prevenir y eliminar el trabajo forzoso; proporcionar a las víctimas protección y acceso a acciones jurídicas y de reparación apropiadas y eficaces; así como a sancionar a los autores del trabajo forzoso u obligatorio.


En este sentido, la oficina de la OIT para México y Cuba reconoce el compromiso del Estado Mexicano para eliminar el trabajo forzoso y reitera su disposición para brindar asistencia técnica para los pasos posteriores al depósito y garantizar que se cumpla con el compromiso adquirido.


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