Detalló que no se observaron las garantías del debido proceso al valorar testimonios improbables y de personas que no habían estado en el lugar de los hechos; tampoco se individualizó la pena y hubo ausencia de una defensa adecuada en su carácter de personas indígenas.
Ante ello −explicó el ombudsperson Jorge Olvera García− se solicitó a las autoridades correspondientes adoptar todas las medidas necesarias para proteger los derechos y las libertades de los seis defensores del agua, considerando los principios del debido proceso y debida diligencia del sistema de impartición de justicia.
Olvera García puntualizó que, en su momento, la autoridad judicial trastocó las garantías de debido proceso al basarse exclusivamente en declaraciones de los testigos de cargo que no estaban presentes en el momento y el lugar del hecho delictivo, las cuales fueron tomadas como ciertas y suficientes para sentenciar a los activistas.
En contraste, dijo, no se consideraron los testimonios de los inculpados y en el caso de la única mujer acusada, el juzgador no tomó en cuenta aquello en los que se le ubicaba en un lugar diferente al de los hechos ni la retractación de uno de los testigos que declaró no haber visto a varios de los involucrados.
La Defensoría de Habitantes pudo constatar que no se respetó el principio de individualización de la pena, toda vez que se atribuyó el mismo grado de responsabilidad a las seis personas; y observó ausencia de una defensa adecuada, ya que en su calidad de personas indígenas, no contaron con un defensor o defensora que tuviera conocimiento de la lengua nativa de los indiciados y aportara el contexto de la cultura indígena de pertenencia, sus usos y costumbres.
A partir de esas situaciones fue que la autoridad judicial determinó reponer el proceso y "ahora estamos muy atentos para que éste se desahogue de forma pronta, expedita y justa para todos y cada uno de los involucrados", enfatizó el doctor Olvera.