Política

Aprueba consejo general del ieem lineamientos en materia de responsabilidades así como el formato para la declaración de intereses

Aprueba consejo general del ieem lineamientos en materia de responsabilidades así como el formato para la declaración de intereses
• También aprueba la publicación en la página electrónica de los Informes Finales de los Monitoreos a Medios de Comunicación Electrónicos e Internet, Impresos y Alternos realizados en la Elección Extraordinaria de Chiautla 2016.


Al celebrar su 17ª Sesión Extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, aprobó la publicación de los Informes Finales de los Monitoreos a Medios de Comunicación Electrónicos e Internet, Impresos y Alternos realizados en la Elección Extraordinaria de Chiautla 2016, el Procedimiento para la Destrucción y Permuta de Papel y Cartón en Desuso de la Documentación y Material Electoral utilizados en el Proceso Electoral 2014-2015, además de los Lineamientos en Materia de Responsabilidades del Instituto Electoral del Estado de México así como el Formato para la Declaración de Intereses.

En primer lugar y a efecto de darle la máxima publicidad se aprobó que en la página electrónica del IEEM (www.ieem.org.mx) se publiquen los Informes Finales de los Monitoreos a Medios de Comunicación Electrónicos e Internet, Impresos y Alternos realizados en la Elección Extraordinaria de Chiautla 2016, con el objeto de que la sociedad conozca el resultado de esta actividad, y la pueda encontrar disponible y accesible.

Mediante otro Acuerdo, se aprobó el Procedimiento para la Destrucción y Permuta de Papel y Cartón en Desuso de la Documentación y Material Electoral utilizados en el Proceso Electoral 2014-2015, instrumento que permitirá al Instituto contar con los elementos legales, técnicos y logísticos necesarios para realizar la destrucción y permuta de la documentación electoral y cajas paquete de cartón corrugado utilizados en dicho Proceso Electoral.


Este Acuerdo se ajusta a las recomendaciones emitidas por el Instituto Nacional Electoral en la materia mediante el Acuerdo INE/CG218/2014, e incluso, el procedimiento se hace extensivo para aquéllas áreas del IEEM y representaciones de los partidos políticos que cuenten con papel o cartón en desuso, mismo que podrá ser entregado a la Dirección de Organización a efecto de que sea incluido en el procedimiento de permuta.

Al respecto, la Presidenta de la Comisión de Organización, la Consejera Electoral, Palmira Tapia Palacios, señaló que se da cumplimento cabal al marco normativo y destacó que el IEEM se coloca a la vanguardia en la protección y conservación del medio ambiente, pues aunado a que se convertirán en nuevos productos y materiales, incluso, se genera un ahorro para el Instituto.

Durante el desahogo del Orden del Día, a efecto de cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, y con observaciones realizadas por la Consejera Electoral, Natalia Pérez Hernández, se aprobó la expedición de los Lineamientos en Materia de Responsabilidades del Instituto Electoral del Estado de México así como el Formato para la Declaración de Intereses, a fin de dotar de los instrumentos normativos necesarios, adecuados, actualizados y armonizados a los ordenamientos legales en la materia de responsabilidades administrativas.

De esta forma, la Contraloría General del IEEM podrá llevar a cabo la actividad que legalmente tiene encomendada consistente en conocer de las conductas que encuadren este tipo de responsabilidades por parte de los servidores públicos electorales del IEEM y, en su caso, instaurar los procedimientos respectivos y someter a la consideración del Órgano Superior de Dirección del Instituto la resolución respectiva.

Por ello, se abroga la Normatividad de Responsabilidades de los Servidores Públicos Electorales del IEEM expedida mediante el Acuerdo número CG/58/2008, de fecha ocho de diciembre de dos mil ocho, además de que se establece un plazo único de treinta días hábiles para la presentación de la Declaración de Intereses por parte de las y los sujetos obligados que antes de dicha publicación hayan sido dados de alta por el IEEM.

Previo a su aprobación, la Presidenta de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, la Consejera Electoral, Natalia Pérez Hernández, expresó que este Acuerdo es producto del intenso trabajo realizado en el seno de la Comisión, pues con los aportes que se hicieron fue posible lograr los consensos necesarios para integrar estos lineamientos.

Por su parte, el Consejero Electoral, Miguel Ángel García Hernández, hizo observaciones, a fin de los fundamentos jurídicos para razonar su voto, acerca de las facultades de la Contraloría General, los sujetos obligados como es el caso de los Consejeros y Consejeras de los órganos desconcentrados quienes desde su punto de vista, no pueden ser incluidos en estos Lineamientos, dado que no son servidores públicos electorales, ya que lo que perciben es una dieta.

En tanto, la Consejera Electoral, María Guadalupe González Jordan, explicó quienes serán sujetos obligados para cumplir con estos Lineamientos, dando atribuciones a la Contraloría General del IEEM para que pueda hacer cumplir lo que determina la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; argumentos a los que se sumó el representante del Partido Revolucionario Institucional, Eduardo Bernal Martínez, quien puntualizó que en esencia quienes laboran en el IEEM reciben recursos públicos, independientemente de la modalidad en las que los perciben, por tanto la Contraloría General tendrá atribuciones para atender los asuntos derivados de estos Lineamientos.

En Asuntos Generales, el representante del partido Movimiento Ciudadano, César Severiano González Martínez, dio a conocer que en el proceso para elegir a las autoridades auxiliares municipales los partidos políticos no pueden intervenir, sin embargo se observó que en el municipio de Tecámac de acuerdo a un juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano emitida por la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se observó que no se respetó la secrecía del voto, al tiempo que se violentó el principio de exhaustividad por parte del Tribunal Electoral del Estado de México.

En este caso, el IEEM debe considerar esto, a fin de que cuando le pidan dar capacitación, se ponga énfasis para que las boletas no sean foliadas y mantener así la secrecía del voto.

Previo al inicio de la Sesión, se le tomó la protesta de ley a Agustín Ángel Barrera Soriano, como representante suplente del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General del IEEM.