Comunicación

Entrega de datos biométricos al padrón de telefonía móvil no es idóneo, necesario ni proporcional: IINFOEM

Entrega de datos biométricos al padrón de telefonía móvil no es idóneo, necesario ni proporcional: IINFOEM

• Javier Martínez Cruz, Comisionado del Infoem, destacó que la intención de convertir en obligatoria la entrega de los datos biométricos del usuario de telefonía móvil, iría en contra del derecho a la autodeterminación informativa.

La entrega de datos personales biométricos no es un acto idóneo, necesario ni proporcional, ya que no se advierte una relación directa o causal entre la existencia del padrón y una mejor investigación y persecución de los delitos, señaló Javier Martínez Cruz, al hablar sobre la propuesta de creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PNUTM).

El Comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem), participó en el panel "Reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Uso de datos biométricos y creación del PNUTM", organizado por el Capítulo Occidente del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México A.C.

Durante este panel virtual, el integrante del Pleno del Infoem agregó que datos como el reconocimiento facial, de retina, iris ocular y la huella dactilar se encuentran en la categoría de datos personales sensibles, los cuales requieren de un tratamiento especial y un nivel de seguridad mayor, por lo que su recolección demanda el cumplimiento estricto de la normatividad nacional en la materia.

Adicionalmente, acotó que el país se encuentra adherido a normatividad internacional como el Tratado entre Estados Unidos, México y Canadá (T-MEC) y el Convenio 108, por lo que la implementación de este padrón constituiría un retroceso en la materia, pero sobre todo, marcharía en contra de un derecho fundamental dedicado a resguardar la dignidad humana.

A este respecto, destacó que la intención de convertir en obligatoria la entrega de los datos biométricos del usuario de telefonía móvil, iría en contra del derecho a la autodeterminación informativa, como esa herramienta jurídica para preservar la identidad, dignidad y libertad de que cada dueña o dueño de los datos personales decida a quién entregar su información, por cuánto tiempo y bajo qué finalidades, es decir, tener control sobre sus propios datos.

En este sentido, el Comisionado Martínez Cruz apuntó que el órgano garante nacional (Inai) cuenta con la facultad de promover una acción de inconstitucionalidad respecto de este Padrón, cuya operación podría vulnerar seriamente un derecho fundamental a la protección de los datos personales, consagrado en la Constitución mexicana.

Cabe destacar que en este panel participaron también Diego García Ricci, académico de tiempo completo en la Universidad Iberoamericana; Enrique Alberto Gutiérrez García, CEO en EGUTZ y Perito en Informático; así como Rodolfo Guerrero Martínez, coordinador de la Comisión de LegalTech, quien fungió como moderador.