Legislativo

Diputada buscará prohibir las máquinas expendedoras de bebidas azucaradas en oaxaca

Diputada buscará prohibir las máquinas expendedoras de bebidas azucaradas en oaxaca
La diputada local de Morena en el Congreso de Oaxaca, Magaly López Domínguez, presentó un iniciativa en la que se prohíbe y se castiga la distribución, donación, regalo, venta y suministro a menores de edad de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico.

Para esta iniciativa, la legisladora propuso reformas a la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca, y al Código Penal del Estado; en las que además, pretende prohibir las máquinas expendedoras o distribuidores automáticos.

López Domínguez argumentó que el objetivo es “coadyuvar a resolver los graves problemas de salud que implican para la infancia el consumo de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico”. '

La presencia de estos elementos, agregó, originan obesidad, sobrepeso, diabetes y otras enfermedades que merman considerablemente la salud, la calidad de vida de las personas, llegando incluso a provocar la muerte.

“El Instituto Nacional de Salud Pública expone que un estudio de mortalidad por consumo de bebidas azucaradas encontró que, en el mundo, 655 mil de las muertes fueron atribuibles al consumo de estas bebidas, incluyendo 369 mil por diabetes, 258 mil por enfermedades cardiovasculares y 28 mil por diferentes tipos de cáncer”, refirió.

En su iniciativa, la diputada de Morena propone prohibir la distribución, donación, regalo, venta y suministro a menores de edad de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico, conforme a la Norma Oficial Estatal que para el efecto establezca la Secretaría de Salud del estado.

También establece la misma prohibición en las escuelas públicas y privadas de educación básica y media superior, así también la prohibición de la venta, distribución o exhibición de cualquiera de estos productos a través de distribuidores automáticos o máquinas expendedoras. Las personas que quedarán exentas de esta prohibición son aquellas que lo realicen en calidad de madres, padres o tutores legales hacia sus hijos, o menores de edad bajo tutela.

Mientras que en el Código Penal del Estado de Oaxaca señala que se aplicará una multa de 10 a 100 unidades de medida de actualización a quien venda, regale, done, suministre o entregue a menores de edad bebidas azucaradas o alimentos envasados de alto contenido calórico, sin ser su madre, padre o tutor legal.