Lo anterior implica que debe ser suspendida la entrada en funciones de los impugnados –incluidos Erasto Martínez, amigo y colaborador cercano del entonces mandatario priista, quien conforme a la Gaceta de Gobierno comenzó operaciones el 19 de septiembre pasado, y Mario Alfredo Jaramillo Manzur, sobrino del otrora secretario general de Gobierno, José Manzur, quien comenzó actividades el 31 de agosto–, al menos en tanto se resuelve la demanda de amparo, en un lapso de dos a tres meses.
El amparo había sido desechado por el juez con el argumento de que el impugnante carecía de interés jurídico. "Por unanimidad, el Tribunal Colegiado ordenó que se acepte la demanda de amparo y se analice el acto ilegal del exgobernador", expuso.
Tan pronto como el juez reciba notificación de la sentencia, aseguró, debe declarar la suspensión del acto reclamado; es decir, decretar que los notarios impugnados no pueden entrar en funciones mientras estudia y resuelve de fondo la demanda.
FUENTE: La Jornada
FOTO: Miguel Dimayuga